1. Qué es el Canal interno de comunicaciones?

Este canal va dirigido únicamente a personas que, en un contexto laboral o profesional, conozcan de una posible infracción normativa grave o muy grave y casos de fraude presuntamente cometidos por la Diputación de Barcelona (artículo 3 de la Ley 2/2023).

Puede acceder al Canal a través del siguiente enlace.

Si ha presentado una comunicación al Canal puede hacer seguimiento a través del siguiente enlace.

 

 

 

No se configura como canal para plantear dilemas o dudas éticas. Para esta opción puede acceder al Buzón de buen gobierno de la Diputación de Barcelona a través del siguiente enlace.

Tampoco es el canal para plantear consultas, quejas y sugerencias genéricas, que puede formular a través del siguiente enlace.


2. Quién puede utilizar este Canal Interno?

Quien haya obtenido información sobre la comisión de una posible actuación irregular en un contexto laboral o profesional con la Diputació de Barcelona.

Siempre y cuando se trate de personas con vínculos profesionales, laborales o contractuales vigentes o finalizados con la Diputación.

También voluntarios, trabajadores en prácticas o períodos de formación, personas que participan en procesos de selección, personas que prestan asistencia a informantes o relacionadas con éstos y que pueden sufrir represalias.


3. ¿Cómo funciona este Canal del Sistema interno de información?

Las informaciones pueden presentarse de forma anónima. En cualquier caso, la Diputación garantiza la confidencialidad de la persona informante, de los terceros mencionados y de la información comunicada durante todo el procedimiento.

Una vez presentada la comunicación obtendrá un código alfanumérico, que le permitirá consultar la tramitación o aportar más información.

En un plazo de 10 días hábiles a contar desde la fecha de entrada de la información por el Canal, recibirá respuesta sobre si se admite o no a trámite su comunicación -salvo renuncia a recibir esta información-.

Se garantiza el traslado a la autoridad competente de las actuaciones en caso de que de su análisis se pueda derivar la comisión de un delito. Todo lo anterior, de acuerdo con lo previsto en la Instrucción para la implementación y gestión del Sistema interno de información de Barcelona y ente de su sector público de menos de 50 trabajadores, aprobada por decreto de Presidencia núm. 7919 en fecha 12 de junio de 2023, y en la Ley 2/2023, 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.


4. Buzón de denuncias de la Oficina Antifrau de Catalunya

La Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) asume las funciones de Autoridad Independiente de Protección al Informante en Cataluña.

La OAC dispone de un canal externo que permite también presentar denuncias de forma confidencial y anónima.

Puede acceder al canal de la OAC y obtener más información a través del siguiente enlace.