02/08/2024 10:09 h.

5 consejos para garantizar los derechos del viajero en caso de incidencias con los vuelos

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Os recordamos algunas precauciones a tener en cuenta para garantizar los derechos del viajero ante posibles retrasos, anulaciones y otros imprevistos en el ámbito del transporte aéreo.

  1. Para evitar sorpresas desagradables, antes de viajar es importante informarse previamente sobre la documentación necesaria, en especial si el destino está fuera del espacio Schengen (pasaporte, visado...). La compañía aérea no tiene ninguna obligación de informar al viajero sobre los documentos o los requisitos sanitarios necesarios para viajar al destino escogido.
  2. En caso de retraso, el viajero tiene derecho a una compensación económica de entre 250 y 600 euros, en función de la distancia del vuelo, si se llega al destino final con 3 horas de retraso o más. Hay que recordar que los retrasos siempre hacen referencia a la hora de llegada a destino. Si finalmente el vuelo se cancela, el viajero puede escoger entre la devolución del importe del billete o un medio de transporte alternativo. También le corresponde la misma compensación económica que en el caso de retraso (entre 250 y 600 euros por pasajero) excepto si la aerolínea comunica la cancelación con 2 semanas de antelación o si ésta es consecuencia de circunstancias imprevisibles o inevitables y ajenas a la empresa, como por ejemplo climatología adversa.
  3. Si en los casos anteriores la compañía aérea no respeta los derechos del viajero, hay que pedir la hoja oficial de reclamación o reclamar a la compañía aérea por algún medio que deje constancia (formulario web, teléfono con número de incidencia, etc.). Si en un plazo de 30 días no se ha obtenido respuesta, o bien la respuesta no ha sido satisfactoria, el viajero puede contactar con el servicio público de consumo de su ayuntamiento.
  4. Si la aerolínea deniega el embarque por sobrerreserva (overbooking), el viajero tiene derecho a escoger entre la devolución del importe del billete o un transporte alternativo hasta el destino final, además de una compensación económica en función de la distancia del vuelo (entre 250 y 600 euros). Este importe se reduce en la mitad si el viajero acepta un vuelo alternativo que le permita llegar a su destino con pocas horas de diferencia respecto de la hora prevista inicialmente.
  5. En caso de incidencias con el equipaje (daños, retraso, pérdida o destrucción), el viajero tiene que rellenar siempre el PIR (Informe de Irregularidad de Equipaje) antes de salir del aeropuerto: sin este documento la reclamación no prosperará. Además de este trámite, también hay que presentar una reclamación a la compañía aérea dentro de los 7 días posteriores a la recepción del equipaje dañado. En cuanto a las compensaciones, la responsabilidad de la compañía queda limitada a un máximo de 1.600 euros, aproximadamente unos 27,5 euros por kilo de equipaje.

Más información sobre derechos y reclamaciones sobre transporte aéreo.

La Diputación de Barcelona, mediante el Servicio de Apoyo a las Políticas de Consumo, facilita soporte técnico y económico a los ayuntamientos de la provincia para desarrollar políticas públicas de defensa de los derechos de la ciudadanía en el ámbito de consumo y promover un consumo responsable. Además, en el caso de los ayuntamientos que no disponen de servicios específicos, la Diputación de Barcelona ofrece información y asesoramiento a la ciudadanía para resolver conflictos de consumo, y la tramitación de denuncias y reclamaciones, mediante las Unidades Móviles de Información al Consumidor.

Esta acción de la Diputación de Barcelona responde al Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) número 12 "Consumo y producción responsables". Los 17 ODS fueron proclamados por la Asamblea General de Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015 y forman parte de la agenda global para 2030. La Diputación de Barcelona asume su cumplimiento y despliega su acción de apoyo en los gobiernos locales de la provincia de acuerdo con estos ODS.