Subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro 2023


Estado | Convocatoria y bases | Solicitud | Concesión | Justificación


Sesión informativa de la convocatoria de subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para el año 2023 de las Gerencias de Servicios Sociales y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social.

 

Estado

 

Justificación 

El plazo de presentación de la justificación está abierto hasta el 4 de marzo de 2024
El plazo de presentación de enmiendas está abierto hasta el 30 de septiembre de 2024

Formulario

  • Para subvenciones de importe otorgado inferior, igual o superior a 20.000 €
    • Cuenta justificativa simplificada (para poder visualizar el documento clicad el enlace y, una vez abierto el documento, descargadlo y guardadlo en vuestro ordenador, y abridlo con Adobe Acrobat. También podéis clicar sobre el enlace con el botón derecho del ratón, guardarlo en vuestro ordenador y abrirlo con Adobe Acrobat):

La tramitación de la justificación se tiene que hacer electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Servicios Sociales e Igualdad y Ciudadanía.
  5. Justificación de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de las Gerencias de Servicios Sociales y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin finalidad de lucro, año 2023.
  6. Enmienda de errores u omisiones en la justificación de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de las Gerencias de Servicios Sociales y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin finalidad de lucro, año 2023.
  7. Rellenáis el formulario electrónico de Justificación y adjuntáis la documentación necesaria.
Para saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos podéis consultar el siguiente enlace. También encontraréis un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp
En caso de PROBLEMAS INFORMÁTICOS con la solicitud electrónica podéis:
  • Llamad al soporte informático para la tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.
  • Los interesados que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de la justificación podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigirse a la Unidad de Registro-Oficina de asistencia en materia de registros de la Diputación de Barcelona (Rambla Cataluña 126, Barcelona) en horario de 10 h a 13 h en días hábiles donde recibirán asistencia,, para realizar este trámite. Todo esto, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.
  • La justificación también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado tendrá que notificar a la Gerencia de Servicios Sociales, mediante correo electrónico dirigido a osi.subv_entitats@diba.cat y a registre.general@diba.cat , la remisión efectuada el mismo día de su presentación o, en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de justificaciones. En ambos casos, se tiene que adjuntar la copia del recibo de presentación.
Para el RESTO de consultas sobre la justificación de subvenciones: Atención exclusiva por correo electrónico

 

Justificación voluntaria

El plazo de presentación de enmiendas está cerrado

Formulario

  • Para subvenciones de importe otorgado inferior, igual o superior a 20.000 €
    • Cuenta justificativa simplificada (clicáis el enlace, una vez abierta el documento: botón derecho, desar el documento a vuestro ordenador y abridlo con Adobe Acrobat para visualizarlo)

La tramitación de la justificación se tiene que hacer electrónicamente siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Servicios Sociales e Igualdad y Ciudadanía.
  5. Justificación de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de las Gerencias de Servicios Sociales y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin finalidad de lucro, año 2023.
  6. Enmienda de errores u omisiones en la justificación de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de las Gerencias de Servicios Sociales y de Igualdad y Ciudadanía del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin finalidad de lucro, año 2023.
  7. Rellenáis el formulario electrónico de Justificación y adjuntáis la documentación necesaria.

 

Para saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos podéis consultar el siguiente enlace. También encontraréis un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

 

En caso de PROBLEMAS INFORMÁTICOS con la solicitud electrónica podéis:
  • Llamad al soporte informático por tramitación electrónica: Tel. 900 101 934.
  • Los interesados que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de la solicitud podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigirse al Registro General de la Diputación de Barcelona (Rambla Cataluña 126, Barcelona) en horario de 10 h a 13 h en días hábiles donde recibirán ayuda, por parte de los funcionarios adscritos al Registro, para realizar este trámite. Todo esto, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.
  • La solicitud también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado tendrá que notificar a la Gerencia de Bienestar Social, mediante correo electrónico dirigido a osi.subv_entitats@diba.cat y a registre.general@diba.cat , la remisión efectuada el mismo día de su presentación o, en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se tiene que adjuntar la copia del recibo de presentación.

 

Para el RESTO de consultas sobre la solicitud de subvenciones: Atención exclusiva por correo electrónico

 

Concesión

En Junta de Gobierno de la Diputación de Barcelona celebrada a 27 de abril de 2023, se aprobó la concesión de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social.

Podéis consultar los resultados en el BOPB.
Aceptación expresa en el caso de ser beneficiario de pago avanzado
Las entidades que hayan solicitado el pago avanzado de la subvención y devengan beneficiarios de subvención deben presentar la aceptación expresa mediante el trámite específico de la sede electrónica en el plazo de 30 días hábiles a contar desde la publicación en el BOPB de la resolución de concesión.

 

Convocatoria y bases

En el Pleno de la Diputación de Barcelona celebrado el 22 de diciembre de 2022, se ha aprobado la convocatoria por el otorgamiento de subvenciones a favor de entidades sin finalidad de lucro de las Gerencias de Servicios Sociales e igualdad y Ciudadanía del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social.

Solicitud

El plazo de presentación de solicitudes está cerrado
Si tienes cualquier duda, consulta el documento PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES - FAQS (Edición 2023).

La tramitación de la solicitud se tiene que hacer exclusivamente por vía electrónica siguiendo la siguiente ruta:

  1. Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.
  2. Trámites y servicios ciudadanía.
  3. Subvenciones.
  4. Servicios Sociales e Igualdad y Ciudadanía.
  5. Solicitud para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, otorgadas por las gerencias de Servicios Sociales y de Igualdad y Ciudadanía, del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social de la Diputación de Barcelona, a favor de entidades sin finalidad de lucro para el 2023.
  6. Enmienda de errores u omisiones en las solicitudes para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva otorgadas por las gerencias de Servicios Sociales y de Igualdad y Ciudadanía, del Área de Igualdad y Sostenibilidad Social de la Diputación de Barcelona, a favor de entidades sin finalidad de lucro para el 2023.
  7. Rellenad todos los campos del formulario electrónico de solicitud y adjuntad los siguientes documentos (recomendamos que descargáis los documentos en pdf al ordenador y los abrís con el Acrobat):
Para saber los navegadores que se pueden utilizar, las firmas electrónicas válidas así como otros requisitos tecnológicos podéis consultar el siguiente enlace. También encontraréis un teléfono de contacto en caso de dudas técnicas: https://seuelectronica.diba.cat/requisitstecnologics.asp

En caso de PROBLEMAS INFORMÁTICOS con la solicitud electrónica podéis:

  • Llamar al apoyo informático para la tramitación electrónica: Tel. 900 101 934. El horario es de lunes a viernes de 7.00h a 20.00h.
  • Los interesados que tengan dificultades para realizar la presentación electrónica de la solicitud podrán, antes de finalizar el plazo de presentación, dirigirse a la Unidad de Registro-Oficina de Asistencia en materia de registros de la Diputación de Barcelona (Rambla Cataluña 126, Barcelona) en horario de 10 h a 13 h en días hábiles donde recibirán asistencia para realizar este trámite. Todo esto, sin perjuicio de la presentación en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas o del resto de sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Hay que llevar el certificado electrónico.
  • La solicitud también podrá presentarse en cualquier otro registro electrónico de las administraciones públicas catalanas. En este último supuesto, el interesado tendrá que notificar a la Gerencia de Servicios Sociales, mediante correo electrónico dirigido a osi.subv_entitats@diba.cat y a registre.general@diba.cat, la remisión efectuada el mismo día de su presentación o, en todo caso, antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria para la presentación de solicitudes. En ambos casos, se tiene que adjuntar la copia del recibo de presentación.

Para el RESTO de consultas sobre la solicitud de subvenciones: Atención exclusiva por correo electrónico