Tesorería
Datos de contacto
Tesorero Josep Abella Albiñana
Rambla de Cataluña, 126, 5.ª planta
Edificio Can Serra
08008 Barcelona
Teléfono: 934 022 858
e-mail: tresoreria@diba.cat
Funciones
La definición de las funciones asignadas a la Tesorería, su régimen jurídico y otros aspectos de su ámbito de actuación vienen recogidos en los artículos 194 a 199 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprovada por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y también en otra legislación vigente, como en el artículo 5 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
La Tesorería tiene encargadas, entre otras:
La función de tesorería, que comprende:
a) La titularidad y dirección del órgano correspondiente de la entidad local.
b) El manejo y la custodia de fondos, valores y efectos de la entidad local, de conformidad con lo que establecen las disposiciones legales vigentes y, en particular:
- La formación de los planes, calendarios y presupuestos de tesorería, con la distribución en el tiempo de las disponibilidades dinerarias de la entidad para la satisfacción puntual de sus obligaciones, atendiendo las prioridades establecidas legalmente, de conformidad con los acuerdos adoptados para la corporación, que tienen que incluir información relativa a la previsión de pago a proveedores de manera que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad.
- La organización de la custodia de fondos, valores y efectos, de conformidad con las directrices señaladas por la presidencia.
- La realización de los cobros y los pagos de conformidad con lo que dispone la normativa vigente, el plan de disposición de fondos y las directrices señaladas por la presidencia, y la autorización, junto con el ordenador de pagos y el interventor, de los pagos materiales contra las cuentas bancarias correspondientes.
- La susscripción de las actas de arqueo.
c) La elaboración de los informes que determinen la normativa sobre morosidad relativa al cumplimiento de los plazos previstos legalmente para el pago de las obligaciones de cada entidad local.
d) La dirección de los servicios de gestión financiera de la entidad local y la propuesta de concertación o modificación de operaciones de endeudamiento y su gestión de acuerdo con las directrices de los órganos competentes de la corporación.
e) La elaboración y la acreditación del período medio de pago a proveedores de la entidad local, otros datos estadísticos e indicadores de gestión que, en cumplimiento de la legislación sobre transparencia i de los objectivos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, gasto público y morosidad, tengan que ser subministrados a otras administraciones o publicados en la web u otros medios de comunicación de la entidad, siempre que se refieran a funciones propias de la tesorería.
La función de gestión y recaudación, que comprende:
a) La dirección de los servicios de gestión de ingresos y recaudación.
b) El impulso y la dirección de los procedimientos de gestión i recaudación.
c) La autorización de los pliegos de cargos de valores que se entreguen a los recaudadores, agentes ejecutivos y jefes de unidades administrativas de recaudación, así como la entrega y la recepción de valores a otros entes públicos colaboradores en la recaudación.
d) Dictar la provisión de apremio en los expedientes administrativos de este carácter y, en todo caso, resolver los recursos contra esta y autoritzar la subasta de bienes embargados.
e) La tramitación de los expedientes de responsabilidad que sean procedentes en la gestión recaudatoria.
Otros directorios
Registro General
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